domingo, 25 de diciembre de 2011

Modificaciones al Régimen Penal Tributario

En la madrugada de este jueves, la Cámara de Senadores sancionó, entre otros, el proyecto que modifica el actual régimen penal tributario.

Mediante este nuevo régimen se introducen importantes y diversas modificaciones que tienden a agravar la situación de los evasores a través de penas más severas.

Entre los cambios efectuados, se destacan: la elevación de la condición objetiva de punibilidad – montos a partir de los cuales la evasión es considerada delito- de 100 mil a 400 mil y de 1 millón a 4 millones, según se trate de una evasión simple o agravada.

Por otro lado, establece penas de entre tres y seis años para los contribuyentes que "mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño se aprovechare indebidamente de reintegros, recuperos, devoluciones o cualquier otro subsidio de naturaleza tributaria" cuando el monto supere los 400 mil pesos.

Además, se elimina la figura de la “bala de plata” que permitía la extinción de la acción penal mediante el pago de la deuda por única vez, lo cual, desde su sanción, ha recibido numerosas críticas, dado que en virtud de dicha opción, nos encontrábamos ante una ley meramente recaudatoria y no represiva y modificativa de conductas como el resto de las leyes penales.

Finalmente, es dable resaltar la modificación que elimina la aplicación de la “probation”, figura penal que permitía la suspensión del juicio a prueba para aquellos delitos cuyas penas máximas no fueran superiores a los 3 años de prisión.